¿Es un negocio que desea registrarse y reabrir?
¿Es un negocio que ya ha abierto, pero necesita registrarse por primera vez?
Haga clic en este enlace para visitar el sitio de registro y encontrar recursos que le ayuden a completar el proceso: www.vcreopen.com.
Los pasos para reabrir están en la siguiente lista:
- Inicie repasando la guía publicada por el Estado de California aquí.
- Una vez que haya revisado el guía, complete la evaluación de riesgo detallada de su negocio de acuerdo con las pautas estatales.
- Llene por escrito el Plan de Prevención de COVID-19 específico para el sitio de trabajo y publíquelo en su negocio.
- Implemente las medidas preventivas identificadas en su Plan de Previsión de COVID-19 específico para el sitio de trabajo.
- Designe a un empleado de turno que sea responsable por monitorear que se cumpla su plan.
- Complete la forma de atestación visitando: www.vcreopen.com.
- Una vez que su atestación este completa, un oficial de su jurisdicción local pudiera realizar una visita al sitio.
- Las empresas esenciales ya tienen que entregar el formulario sobre los protocolos para el distanciamiento social.
Orden – Mejor Quedese en Casa (18 de abril de 2020) | Appendix A Social Distancing Protocol Form - Conformidad COVID Negocios – (805)-202-1805 | EMAIL: covidcompliance@ventura.org
El Condado de Ventura ha lanzado un Preguntas, Cumplimiento y amp; Línea de cumplimiento para que nuestros ciudadanos hagan preguntas o denuncien posibles violaciones de la reciente Orden de Mantenerse en el Hogar del Condado en relación con las empresas. - Colaboración Para el Desarrollo Económico (EDC, por sus siglas en inglés) Guía de Recursos COVID-19 para Negocios (actualizado todos los días)
Si Su Trabajo Ha Sido Afectado por el Coronavirus
A continuación le damos un breve resumen de los beneficios que puede estar disponibles para usted si su trabajo ha sido afectado por la enfermedad. Visite la página web de la Agencia de Desarrollo Laboral y Trabajo (Labor & Workforce Development) para más información: www.labor.ca.gov/coronavirus2019/ una vez en la página, haga clic “Translate” en la parte superior de y luego “Spanish”
- Si no puede trabajar porque cuida de un familiar enfermo o que está en cuarentena con el COVID-19 puede calificar para el Permiso Familiar Pagado (PFL) .
- Si no puede trabajar a causa de una cuarentena médica o enfermedad, puede ser que califique para el Seguro de Incapacidad. (por sus siglas en inglés)
- Los que han perdido su trabajo o se les han reducido las horas por razones relacionadas al COIVD-19 pudieran recuperar parcialmente su salario llenando una petición de seguro de desempleo.
- Si un trabajador o familiar está enfermo o en cuidado preventivo por las recomendaciones de las autoridades civiles, los trabajadores puede recibir su salario utilizando las horas por enfermedad que hayan acumulado de acuerdo con la ley.
- Si los trabajadores no pueden hacer su trabajo usual porque fueron expuestos al o estuvieron en contacto con COVID-19 durante el curso regular de su trabajo, pudieran calificar para los beneficios de compensación al trabajador.